Una hija y su madre sentadas juntas conversando

Si ya lo está pensando

Antes de mudarla, lea esto

A nosotros nos paga la residencia cuando alguien se muda. Y lo primero que le vamos a decir es que tal vez no tenga que mudarla todavía — y que hay un programa del estado que quizá le pague a usted por cuidarla en casa. Si eso resuelve su caso, qué bueno.

Primero esto

California puede pagarle a un familiar por cuidarla

El programa se llama In-Home Supportive Services, o IHSS. Es ayuda en casa para personas mayores y con discapacidad, pensada justamente como alternativa a mudarse a una residencia. Lo paga Medi-Cal y lo administra el condado.

Lo que casi nadie le dice: la página del propio Departamento de Servicios Sociales de California dice que los proveedores de cuidado pueden incluir, entre otros, a familiares. Y el condado de Orange dice en su propio sitio que los beneficiarios de IHSS contratan y supervisan a su propio proveedor. Si usted ya está haciendo el trabajo, vale la pena preguntar si se lo pueden pagar.

Para empezar: condado de Orange, IHSS, (714) 825-3000 (TTY 714-834-4400), lunes a viernes de 8 a 5. Si su mamá todavía no tiene Medi-Cal, esa solicitud va por BenefitsCal.com. La Public Authority del condado, que maneja el registro de proveedores, es el (714) 825-3174.

Lo que el estado pide para calificar

  • Ser residente de California.
  • Tener una determinación de elegibilidad de Medi-Cal.
  • Vivir en su casa, o en un lugar que ella misma escoja.
  • Entregar completa la forma de Certificación de Atención Médica.

Después un trabajador social del condado va a la casa, evalúa qué necesita y qué puede hacer sola, y decide cuáles servicios se autorizan y cuántas horas al mes. Sobre el pago por hora en el condado de Orange hemos visto cifras que no coinciden entre sitios que no son del gobierno, así que no la vamos a repetir aquí. Pregúntela al condado.

Y el límite de esa buena noticia

IHSS y una residencia con licencia no se combinan. El estado dice claramente que un hospital, un centro de cuidado a largo plazo o una residencia con licencia no cuentan como su propia casa para IHSS. Son dos caminos distintos y hay que escoger.

Y hay algo que IHSS, por diseño, no hace: no da vigilancia las 24 horas. Da horas autorizadas por tareas. Si lo que su mamá necesita es que alguien esté despierto a las tres de la mañana cuando se levanta y trata de salir a la calle, eso no se resuelve con horas. Eso es lo que una residencia con licencia hace y una casa con ayuda pagada no.

Entonces la pregunta de verdad no es «¿la mudo o no?». Es: ¿lo que falta son manos, o lo que falta son ojos de noche?

Las señales que de verdad importan

Casi nunca son médicas

Son de seguridad, y son de sueño. Si reconoce varias de estas, no está exagerando.

  • Se le quemó algo en la estufa, o la dejó prendida.
  • Se perdió en un camino que ha hecho toda la vida.
  • Hay medicinas sin tomar, o tomadas dos veces el mismo día.
  • Se cayó, aunque diga que no fue nada.
  • Dejó de bañarse, o de cambiarse de ropa.
  • Hay comida echada a perder en el refrigerador y ella no se da cuenta.
  • Abre la puerta a quien sea, o ya le dio dinero a alguien por teléfono.
  • Usted ya no duerme pensando en ella.

Esa última de la lista cuenta igual que las demás. Cuando quien cuida deja de dormir, deja de trabajar o empieza a enfermarse, el cálculo ya cambió, aunque su mamá esté igual que el mes pasado. No es egoísmo reconocerlo; es parte del problema que hay que resolver.

Si el camino es una residencia

Qué hacer esta semana

  1. 1Averigüe con qué se va a pagar: su cheque del Seguro Social, ahorros, una póliza de cuidado a largo plazo, o Medi-Cal. Eso define la lista de opciones más que cualquier otra cosa.
  2. 2Pida una lista de residencias con licencia, no una lista de las que le pagan a alguien por mandarle gente.
  3. 3Revise el expediente de cada una con el estado antes de ir a verla. Es gratis y toma dos minutos.
  4. 4Vaya a verlas sin avisar, a media tarde, y fíjese en el olor, en el ruido, y en si el personal le habla a los residentes por su nombre.

Para los tres primeros pasos ya tenemos las herramientas: cuánto cuesta, el registro completo con licencias y cómo revisar un expediente. Si el pago va a ser por Medi-Cal, empiece por Medi-Cal y residencia asistida.

Preguntas frecuentes

Respondido, sin rodeos

¿Me pueden pagar por cuidar a mi mamá en casa?
Posiblemente sí, a través del programa In-Home Supportive Services (IHSS) de California. La página del propio Departamento de Servicios Sociales del estado dice que los proveedores de cuidado pueden incluir, entre otros, a familiares. Y el condado de Orange dice en su propio sitio que los beneficiarios de IHSS contratan y supervisan a su propio proveedor. Su mamá tiene que calificar primero, y usted tiene que inscribirse como proveedor antes de que le puedan pagar. Para empezar, llame al condado de Orange al (714) 825-3000.
¿Qué necesita mi mamá para calificar para IHSS?
Según el estado, tiene que ser residente de California, tener una determinación de elegibilidad de Medi-Cal, vivir en su casa o en un lugar que ella escoja, y entregar una forma de Certificación de Atención Médica completa. Después un trabajador social del condado va a su casa, evalúa qué necesita y qué puede hacer sola, y decide qué servicios se autorizan y cuántas horas al mes.
¿Puede tener IHSS y vivir en una residencia al mismo tiempo?
No. El estado es claro en que un hospital, un centro de cuidado a largo plazo o una residencia con licencia no cuentan como su propia casa para efectos de IHSS. Son dos caminos distintos: IHSS la mantiene en su casa con ayuda pagada, o se muda a una residencia con licencia. No se combinan. Por eso vale la pena ver bien el primer camino antes de descartarlo.
¿Cuánto pagan por hora y cuántas horas dan?
Las horas las fija el trabajador social del condado después de la visita a la casa, según las tareas que su mamá de verdad necesita. Sobre el pago por hora en el condado de Orange, hemos visto cifras distintas en sitios de internet que no son del gobierno y no vamos a repetir un número que no podemos comprobar. Pregúntelo directamente al condado al (714) 825-3000, o a la Public Authority del condado al (714) 825-3174, que es quien maneja el registro de proveedores.
¿Cómo sé cuándo ya no alcanza con cuidarla en casa?
Las señales que más vemos no son médicas, son de seguridad y de sueño. Si ella se está poniendo en peligro cuando nadie la ve — la estufa, salir de la casa, las medicinas — o si la persona que la cuida ya no está durmiendo, ya no está trabajando, o ya se está enfermando, el cálculo cambió. IHSS da horas, no da vigilancia las 24 horas. Cuando lo que se necesita es que alguien esté despierto de noche, una residencia con licencia hace algo que las horas no pueden hacer.
¿Les cobran a las familias por ayudarles?
A usted no. A nosotros nos paga la residencia cuando su familiar se muda, y en una colocación por Medi-Cal no cobramos nada. Lo cual quiere decir que esta página le está diciendo cómo no contratarnos. Lo pusimos de todos modos, porque si IHSS resuelve su situación, eso es lo correcto para su mamá.

Fuentes leídas directamente: California Department of Social Services, páginas de In-Home Supportive Services y de recursos para proveedores, para los requisitos de elegibilidad y para la mención de familiares como proveedores de cuidado; County of Orange Social Services Agency, para que el beneficiario contrata y supervisa a su propio proveedor y para los teléfonos. No publicamos el pago por hora del condado ni un máximo de horas mensuales porque no pudimos confirmarlos en una fuente oficial. Información general para familias; no es asesoría legal ni médica.

Last reviewed . Figures are re-checked against their sources whenever this page is revised.

Cuéntenos qué está pasando y le decimos qué haríamos

Cuatro preguntas cortas, como un minuto. Le llama un asesor aquí en Anaheim que habla español. Si lo que le conviene es IHSS y no mudarla, se lo vamos a decir.

O simplemente llámenos

(714) 975-9652

Abierto todos los días, de 8am a 6pm.

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¿A quién está cuidando?

Cuatro preguntas cortas. Nada de lo que responda se comparte con una residencia hasta que usted lo autorice.

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